Proyecto de Capitanich enviado a la Cámara de Diputados: el primer paso hacia la privatización de empresas públicas?

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El gobernador, Jorge Capitanich, envió un proyecto de ley a la Cámara de Diputados del Chaco por medio del cual propone asociar el capital privado a las empresas públicas provinciales. La iniciativa contempla un tope de hasta el 30% de las acciones. La medida busca “garantizar la calidad de las prestaciones y servicios”.

Sameep y Secheep podrían transformarse empresas mixtas en poco tiempo. Esto sucederá si se aprueba el proyecto de ley presentado por el gobernador, Jorge Capitanich, el cual propone abrir el paquete accionario de las firmas estatales para que pueda desembarcar el capital privado. La intención, claramente, es lograr fondos frescos en medio de la crisis económica que padece la provincia.

La iniciativa es la 203/2020 y fue presentada el 28 de febrero pasado. De aprobarse, la misma facultará al Poder Ejecutivo para proceder a la incorporación de capital privado -en forma parcial- en empresas, sociedades, establecimientos o entidades cuya propiedad pertenezca, total o parcialmente -pero en forma mayoritaria- al Estado Provincial.

“A fin de preservar las garantías y previsiones constitucionales, el capital privado no podrá exceder del 30% del total de las acciones, manteniendo el Estado Provincial el restante 70% de las acciones”, aclara.

El ámbito de Aplicación de aplicación de esta iniciativa serán las empresas, sociedades, sociedades del estado y sociedades de economía mixta del Estado Provincial y entes en los cuales el Estado Provincial sea titular de la participación total o mayoritaria del capital o posea el poder de decisión.

“La presente Ley se aplicará a todos los organismos, actividades, entidades, empresas o sociedades mencionadas precedentemente, aunque sus estatutos, cartas orgánicas o leyes especiales establezcan o exijan una inclusión expresa para su aplicación”, añadió.

Por otra parte, establece que el Estado tendrá la “Acción Dorada”, es decir, poder de veto sobre las decisiones de la sociedad. “Los estatutos sociales de las empresas, sociedades o entidades a ser dictados para posibilitar la incorporación de capitales privados, deberán prever la participación mayoritaria del Estado Provincial en el capital social y, como consecuencia de ello, la designación de representantes en los órganos de administración y de contralor”, indica la propuesta.

“En tales supuestos, el Estado Provincial -en su carácter de accionista mayoritario- tendrá, a través de su representante, una acción dorada con poder de veto y efecto suspensivo sobre las decisiones que adopten dichos órganos cuando se verifiquen algunas de las siguientes situaciones: a) Violación de la legislación vigente. b) Modificaciones estatutarias que afecten los regímenes de mayorías especiales para las decisiones en el Directorio o en las Asambleas destinadas a dar una adecuada protección a las distintas clases de accionistas”, añade.

En su artículo 12, se faculta además al Poder Ejecutivo a otorgar preferencias para la adquisición de acciones societarias de las empresas, sociedades, establecimientos o entidades declaradas “sujetas a incorporación de capital privado”, a los empleados de las mismas, de cualquier jerarquía, con relación de dependencia, organizados o que se organicen en entidades intermedias legalmente constituidas, salvo que ello originara una situación monopólica o de posición dominante en el mercado de los bienes o servicios de que se trate.

En cuanto al procedimiento de selección, se facultará al Ejecutivo a emplear alguno de los procedimientos que se señalan a continuación, o combinaciones entre ellos. La determinación del procedimiento de selección será justificado, en cada caso, mediante acto administrativo motivado. a) Licitación, Remate o Concurso Público, con base o sin ella. b) Iniciativa Privada en los términos de la Ley Provincial Nº 1053-A. c) Venta de acciones en Bolsas y Mercados de Valores con operatividad en la Provincia, nacionales o del exterior.

En sus fundamentos, Capitanich señaló que esta iniciativa parlamentaria “tiene como objetivos asegurar la plena vigencia de los derechos y garantías reconocidos en las constituciones de la Nación y de la Provincia, como así también en las Leyes que regulan su ejercicio; observar un desempeño solidario, eficiente y de servicio de la función estatal en todos los aspectos de su actividad; promover y asegurar la participación y los controles ciudadanos, la iniciativa privada, la información amplia y oportuna, la transparencia de la gestión pública, la constante rendición de cuentas y la plena responsabilidad de los funcionarios; garantizar la calidad de las prestaciones y servicios a su cargo o de aquéllos que estén a sujetos a su control”.