“CUANDO UNA MAYORÍA CIRCUNSTANCIAL IMPRIME LA SUMISIÓN A LA CASTA PARTIDARIA”

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Yrigoyen postula: la Unión Cívica Radical, es más que un partido político. “El Radicalismo es el evangelio cívico Argentino”, enrolándonos en ese postulado, hemos concurrido a la convocatoria de la Convención Partidaria, de buena fe, con la intención de expresar una reclamación de disconformidad, respecto a las pasadas decisiones tomadas dentro de la estructura partidaria, referidas a: Régimen Electoral impuesto en las ultimas PASO 2021, revelar la peligrosa Delegación de Facultades en la figura del presidente del partido el Sr. Juan Carlos Polini.
Como también, hemos participado en la idea de aprovechar la inmejorable oportunidad del ámbito genuino, de provocar el debate, de escuchar y ser escuchados, de plantear propuestas, establecer reglas claras y propósitos comunes, en la predisposición de lograr una decisión unánime de volver a interpretar al pueblo, dirigirnos hacia él, y con él concretar la realización de la gran comunión del ideal político y social que perseguimos, asumiendo el compromiso y la responsabilidad en la protagonización de ser alternativa electoral para el año 2023, y gobernar nuestra provincia, con el desafío de resolver las imperiosas necesidades de nuestra Provincia.
El pasado régimen electoral impuesto por la conducción partidaria, en atención a la representación de las minorías, ha aprobado arbitrariamente, un sistema de representación altamente avasallador, otorgando una elevada representación a la lista ganadora, e imponiendo a la minoría una exacerbada base porcentual para lograr una representación.
Es decir, la composición de la lista de candidatos emergidos de las PASO, se constituyó de la siguiente manera, 3 (tres) representaciones para la lista triunfadora y 1 (una) para la minoría, postura tomada en total contradicción al art. 111.- de la Carta Orgánica, la cual versa: “Siempre que se trate de tres o más cargos corresponderán dos tercios (2/3) a la mayoría y un tercio (1/3) a las minorías, cuando estas obtengan como mínimo el veinticinco por ciento (25%) de los votos emitidos. La lista de electos se hará en tales casos, colocando dos nombres de la mayoría en orden a su colocación, y uno de las minorías, por su orden, hasta completar y contemplando la situación prevista en el art. 120”. –
Era imprescindible exponer ante la Convención Partidaria, solicitar la urgente supresión de la delegación de facultades otorgada al Presidente del Partido el Sr. Juan Carlos Polini, otorgándole la autorización de conformar alianzas, con otros partidos políticos o movimientos sociales, significa un precedente arto peligroso, por cuanto estamos hablando de una decisión, de suma importancia y con alto grado responsabilidad, tratándose nada más y nada menos que del destino inmediato del radicalismo chaqueño, recayendo en una sola persona tamaña decisión como ser la constitución y conformación de un frente electoral, en la significación de ser una alternativa electoral proporcionada al electorado chaqueño.
Los Convencionales somos el Órgano Legislativo de la Convención Partidaria, somos los agentes naturales para introducir, suprimir, derogar, las normas que regirán las conductas, los deberes y derechos de los afiliados, y todos aquellos que ostentan cargos, partidarios, electivos; en la ostentación del cargo hemos solicitado la supresión del párrafo tercero de ambos arts. art. 121 bis y ter, los cuales versan: “El Comité Provincial autorizara al Presidente del cuerpo a- constituir alianzas electorales, nombrar apoderados y responsables económicos financieros, nombrar los miembros de la junta electoral, dictar el reglamento electoral y la plataforma electoral”
Es sabia nuestra carta orgánica partidaria, al crear a un cuerpo orgánico constituido, la Convención Partidaria, delegando en ella la responsabilidad de la toma de decisiones trascendentales, así pues, establece en su art. 29: Son facultades de la Convención Provincial: “…” inc. 14: “admitir la confederación o fusión de la Unión cívica Radical con otro u otros partidos y admitir alianzas con fines electorales de conformidad con las disposiciones de las leyes…”
Así también, en su capítulo VI DEL REGIMEN ELECTORAL, art. 106 dice: “ Siempre que se trate de comicios para cargos electivos públicos en el orden nacional, provincial y/o municipal y que se valore afirmativamente la posibilidad de estructurar alianzas o acuerdos estratégicos orientados a coincidir con sectores políticos y sociales, las mesas directivas del Comité Provincial y de la Convención Provincial, por resolución conjunta del sesenta por ciento (60%) de sus miembros -en sesión pública con previa notificación fehaciente-, podrán adoptar las siguientes decisiones con cargo a rendir informe detallado en la primera reunión plenaria posterior de la Convención Provincial: a) conformar alianzas, acuerdos y/o adhesiones con otros partidos o movimientos políticos.” He aquí, No reduce jamás a la decisión unipersonal.
Bien se ha sintetizado en el título de esta nota, “Cuando una mayoría circunstancial imprime la sumisión a la casta partidaria”, no debemos ser híbridos en estas decisiones, y menos aún permitirnos dejar robustecer la perversidad y la mezquindad de ciertos actores, reduciendo a la Unión Cívica Radical a un club de amigos con intereses comunes; utilizando para ello un mensaje nutrido de relativismo, revestido de un pragmatismo a conveniencia.
La postura del movimiento Evolución Chaco es No claudicar en lo orgánico, pues, la carta orgánica de un partido político contiene las normas y conductas rectoras en la que debemos conducirnos y actuar, y en la preocupación de lo que implica las facultades delegadas, no estamos dispuestos a escatimar esfuerzos y daremos las batallas necesarias, cuando éstas están en peligro.
En cuanto a la oportunidad de provocar el debate y en el intento de procurar la Unidad de la UCR., solo se observó y se vivencio actitudes mezquinas, han demostrado y reflejado una amalgama insultante, carente de objetividad.
Lamentablemente, hoy el problema reinante de los órganos partidarios dirigidas y digitadas por un puñado de “cuáqueros” con un mecanismo electoral destinado a la perpetuación en las estructuras partidarias, con una alquimia especial como lo hacían jibaros.
La hegemonía de estos dirigentes es humillante, provoca decadencia ineptitud y desazón en la vida interna partidaria, privando a los afiliados electores el derecho a elegir a sus representantes, desconociendo absolutamente, que la participación democrática de los afiliados activos, movilizan y dan vida al partido, y haciéndonos creíbles ante la sociedad.
Evolución chaco nace en la intransigente defensa de nuestros principios, sacar al partido del sonambulismo, despertarlo, sacarlo del rezago, desplazar a los aduladores, a arrebatar la dictadura que gobierna hasta hoy nuestro partido, despojar a las sectas, que excluyen y desechan, a aquellos radicales que a pesar de sus capacidades y condiciones éticas y morales, arrastran al militante a la frustración al desencanto, porque jamás podrán ser protagonistas de nada, porque el patrón “hombre del dedo” decide que no servirá y no beneficiara para sus antojos, entonces quedas fuera de su órbita, de su Staff de aduladores .
Desde Evolución, la innovación que pretendemos es tan simple y radical, alzarnos contra aquellos que se creen y se sienten dueños del partido, mediante la prepotencia y soberbia del trabajo militante, e ir conquistando los espacios partidarios, abrir sus puertas y ventanas, salir del encierro irrespirable dejar entrar vientos para oxigenar la toxicidad que la invade.

Dra. Amalia Rivero – Dr. Javier Dumrauff